La Asamblea General de las Naciones Unidas designó el 15 de junio como Día Mundial de Toma de Conciencia del Abuso y Maltrato en la Vejez para visibilizar la situación y para que el mundo exprese su oposición a los maltratos infligidos a nuestras generaciones mayores.
Las situaciones de maltrato y abandono del adulto mayor son prevenibles y evitables.
Por eso la conmemoración de este Día concientiza a la población y a los gobiernos, y otorga un marco legal para asegurar los derechos de los adultos mayores mediante instrumentos como la Convención Interamericana sobre la Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores la cual tiene como meta propiciar políticas públicas para proteger los derechos y libertades de las personas en esta etapa de la vida y favorecer la valorización de su papel en la sociedad y su contribución al desarrollo.
Entre las definiciones del Proyecto de Resolución de la Convención Regional, destacamos las siguientes:
- “Abandono”: Es la falta de acción deliberada para atender de manera integral las necesidades de una persona mayor y que ponga en peligro su vida o su integridad física, psíquica y moral.
- “Persona mayor”: Aquella de 60 años o más, salvo que la ley interna determine una edad base menor o mayor, siempre que esta no sea superior a los 65 años. Este concepto incluye, entre otros, el de persona adulta mayor.
- “Vejez”: Construcción social de la última etapa del curso de vida.
- “Discriminación por edad en la vejez”: Cualquier distinción, exclusión o restricción basada en la edad que tenga como objetivo o efecto anular o restringir el reconocimiento, goce o ejercicio en igualdad de condiciones de los derechos humanos y libertades fundamentales en la esfera política, económica, social, cultural o en cualquier otra esfera de la vida pública y privada.
- “Envejecimiento activo y saludable”: Proceso por el cual se optimizan las oportunidades de bienestar físico, mental y social, de participar en actividades sociales, económicas, culturales, espirituales y cívicas, y de contar con protección, seguridad y atención, con el objetivo de ampliar la esperanza de vida saludable y la calidad de vida de todos los individuos en la vejez, y permitirles así seguir contribuyendo activamente a sus familias, amigos, comunidades y naciones. El concepto de envejecimiento activo y saludable se aplica tanto a individuos como a grupos de población.
La definición de envejecimiento saludable para la OMS es “el proceso de desarrollar y mantener la capacidad funcional que permite el bienestar en la vejez”.
Los Estados Parte se comprometen a adoptar las medidas legislativas y administrativas necesarias para hacer cumplir los derechos y erradicar los actos de abandono y maltrato contra la persona mayor como así también adoptar medidas para divulgar esta Convención.
Los derechos humanos son para todos los sectores de la población en todas las etapas de la vida y en igualdad de condiciones.
Las personas mayores no son objeto de protección, son sujeto de derechos:
- Derecho a la salud
- Derecho a la educación
- Derecho a la cultura
- Derecho al trabajo
- Derecho a la seguridad social
- Derecho a la privacidad e intimidad
- Derecho a la nacionalidad y a la libertad de circulación
- Derecho a la libertad de expresión y de opinión y el acceso a la información
- Derecho a la libertad personal
- Derecho al esparcimiento y el deporte
- Derecho a la propiedad
- Derecho a un medio ambiente sano
- Derecho a la accesibilidad y a la movilidad personal
- Derechos políticos
- Derechos de reunión y asociación
- Derecho y acceso a la justicia
- Derecho a ser una persona con igual reconocimiento ante la ley
La Universidad Nacional de los Comechingones en su posgrado en Actividad Física y Calidad de Vida incluye un módulo de envejecimiento óptimo donde se aspira a formar a los profesionales, en el empoderamiento físico y productivo del adulto mayor, ya que aumentar la esperanza de vida es un éxito de salud pública que debe ser acompañado de un proceso de adopción de medidas que aseguren el bienestar y por ende la calidad de esa vida.
La década 2020-2030 ha sido declarada como la Década del Envejecimiento Saludable, hacia un mundo adaptado a las necesidades de los adultos mayores en consonancia con los Objetivos de Desarrollo Sostenible ya que una de las transformaciones sociales más significativas del presente siglo (con sus consecuencias económicas y sociales), es el envejecimiento de la población mundial.
Los gobiernos, los organismos internacionales, los medios de comunicación, las instituciones académicas y el sector privado podrán articular acciones de colaboración, promover la investigación, mejorar sus sistemas de salud y asegurar recursos y soluciones sostenibles guiados por el liderazgo de la OMS y organizaciones específicas de cada país.
El lanzamiento está previsto para el 1 de octubre del 2020 en el Día Internacional de las Personas Mayores.
Nuestra casa de estudios adhiere y acompaña la conmemoración de este Día Mundial de Toma de Conciencia del Abuso y Maltrato en la Vejez así como también cualquier estrategia que permita la inclusión y la calidad de vida de nuestros adultos mayores.
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