Misión y Visión

Los espacios de participación promueven el involucramiento de la ciudadanía para que, con sus inquietudes, ideas y preferencias, contribuya en la elaboración de políticas públicas y en la toma de decisiones.

Catálogo de espacios de participación ciudadana
Espacios de participación social en el Portal dentro del Portal Nacional de Transparencia: conocé los espacios de participación ciudadana donde diversos sectores de la sociedad vienen sumando sus puntos de vista.

La UNLC se vincula con la comunidad a través de cursos de capacitación, programas y proyectos de extensión, asuntos estudiantiles y bienestar, integración social y desarrollo deportivo y Orquesta.

Asimismo, la UNLC tiene como misión formar a ciudadanos y profesionales con sólidos valores éticos, comprometidos con la transformación social, el desarrollo sostenible y la preservación del patrimonio cultural y natural de la región, orientados a enfrentar los desafíos globales desde una perspectiva local. Como institución pública, trabaja para democratizar el acceso a la educación superior, fomentando la equidad, la inclusión y la excelencia académica.

La UNLC actúa como motor de transformación regional, mediante la integración de saberes tradicionales y contemporáneos, busca impactar positivamente en la calidad de la vida de las generaciones presentes y futuras, generando así valor público al servicio de una sociedad más justa, sustentable y resiliente.

Esta misión de la UNLC involucra necesariamente la excelencia académica, la investigación, la enseñanza y la extensión para fomentar el desarrollo sostenible, la innovación tecnológica, la inclusión social y el fortalecimiento del patrimonio cultural.

PREÁMBULO

Concebida en el siglo XXI, en el Bicentenario de la Patria, para responder a los retos que plantean los nuevos tiempos, a través de una sólida formación académica, profesional y humana que procure la paz entre el progreso y el medio ambiente y la justicia como condición necesaria para la paz; creada por ley del Congreso de la Nación a instancias de los representantes del pueblo de la heroica Provincia de San Luis, cuyo Cabildo fue el primero en reconocer al Primer Gobierno Patrio; en la tierra del gran poeta Antonio Esteban Agüero y en memoria de los pueblos originarios que la habitaron, nace la UNIVERSIDAD NACIONAL DE LOS COMECHINGONES, desde donde reafirma el compromiso asumido por los maestros y las maestras puntanas de iluminar con el conocimiento todos los rincones de la Patria, en unión y libertad, en defensa de la educación nacional, de la autonomía universitaria y de la igualdad real de oportunidades; y dicta el presente Estatuto en al año del Bicentenario de la Independencia Nacional.


OBJETIVOS DE LA UNLC

La UNIVERSIDAD NACIONAL DE LOS COMECHINGONES tiene como objetivo general la promoción y el desarrollo de la educación y las culturas de la nación, en especial de la comunidad en la que está inserta y su región de pertenencia. 

Busca el desarrollo humano, académico, científico, profesional e integral de la sociedad y a la solución de los problemas, necesidades y demandas de la comunidad en general. 

La UNIVERSIDAD NACIONAL DE LOS COMECHINGONES reconoce que la educación, en todos sus niveles, constituye un derecho humano universal, connatural a la persona humana y anterior a cualquier norma que así lo declare.

Accede aquí para ver más sobre los objetivos generales de  la UNLC   ARTÍCULO 4°- ESTATUTO UNLC


Alguno de los objetivos específicos de la UNLC, son:

a) Desarrollar y transmitir conocimientos y habilidades de carácter científico-técnico, humanístico, profesional y artístico, así como también prestar servicios a la comunidad a través de actividades convergentes de enseñanza, investigación, extensión, transferencia y cooperación, procurando en todo momento el desarrollo sustentable de la comunidad. 

b) Organizar e impartir Educación Superior Universitaria, presencial o a distancia, mediante trayectos curriculares de pregrado, grado y posgrado, privilegiando la implementación de una oferta diversificada de carreras que atiendan las expectativas y demandas de la sociedad y de la nación. 

c) Implementar y ejecutar actividades de generación y sistematización de conocimientos, mediante modalidades de investigación básica, aplicada y de desarrollo experimental y aplicación tecnológica, otorgando prioridad a las necesidades y problemáticas locales y nacionales para producir conocimientos específicos acerca de las mismas y contribuir así al desarrollo científico, tecnológico y cultural de la nación.

Accede aquí para ver más sobre los objetivos específicos de  la UNLC   ARTICULO 5°-ESTATUTO UNLC

Gobierno

El gobierno y la administración de la Universidad son ejercidos a través de: 

  • La Asamblea Universitaria
  • El Consejo Superior
  • La Rectora / El Rector
  • La Vicerrectora / El Vicerrector
  • Los Consejos de los Departamentos Académicos
La Asamblea Universitaria

Es el órgano máximo de gobierno de la Universidad, una de las principales funciones es aprobar el estatuto de la Universidad, elegir a la Rectora / el Rector y Vicerrectora / vicerrector.

Conoce + de la asamblea universitaria en el  Estatuto de la UNLC – Art.30 al 38.

Consejo Superior

Está compuesto por la Rectora/ el Rector, la Vicerrectora/ el Vicerrector, Directoras/es generales de departamento académicos y representantes de los estamentos Docentes, Estudiantil y No docente. Sus integrantes junto con la Rectora/ el Rector ejercen el gobierno de la Universidad incluyendo entre otras cosas, la aprobación de los planes de estudios, el presupuesto anual, reglamentos y decisiones sobre la gestión universitaria.

Conoce + del Consejo Superior

Integran el Consejo Superior

a) La Rectora / el Rector.
b) La Vicerrectora / el Vicerrector.
c) Las Directoras Generales / los Directores Generales de los Departamentos Académicos.
d) Tres (3) Consejeras / Consejeros elegidas / elegidos por el estamento docente.
e) Una / un (1) Consejera / Consejero elegida / elegido por el estamento estudiantil.
f) Una / un (1) Consejera / Consejero elegida / elegido por el estamento no docente.

Atribuciones del Consejo Superior

Artículo 42.– Son atribuciones del Consejo Superior: 

a) Ejercer la jurisdicción universitaria y actuar como órgano de apelación ante cualquier decisión de instancias inferiores. 

b) Cumplir y hacer cumplir el presente Estatuto, así como las resoluciones de la Asamblea Universitaria y de sí mismo, en el ámbito de su competencia. 

c) Crear, suspender o suprimir, a propuesta de la Rectora / del Rector, órganos académicos y carreras de pregrado, grado y posgrado, así como también, aprobar, a propuesta de la Rectora / del Rector, sus Reglamentos Generales de funcionamiento. 

d) Aprobar, a propuesta de la Rectora / del Rector, la estructura orgánico-funcional del Rectorado y sus modificaciones, así como cualquier órgano de prestación de servicios de toda índole. 

e) Aprobar el Plan Estratégico Plurianual con las orientaciones generales y prioridades de las actividades de formación, investigación, extensión, transferencia y cooperación, así como también las pautas generales de la evaluación de gestión académica e institucional. 

f) Aprobar los Planes de Estudio y diseño curricular, la denominación y el alcance de los títulos y grados académicos a otorgar por la Universidad, con arreglo a lo dispuesto por la Ley de Educación Superior. 

g) Aprobar anualmente el calendario académico, la oferta educativa y las condiciones de admisibilidad para cada ciclo lectivo y para las diferentes carreras que se implementen. 

h) Aprobar, a propuesta de la Rectora / del Rector, el Plan Anual de Actividades y el Proyecto de Presupuesto Anual de Gastos y Recursos, incluida la dotación de cargos de personal docente y no docente, así como también, sus modificaciones. 

i) Fijar las contribuciones y otros emolumentos universitarios cuando hubiere lugar. 

j) Ejercer el contralor de la gestión universitaria mediante la aprobación, observación o rechazo de la Memoria Anual y la Rendición de la inversión de fondos que presente la Rectora / el Rector. 

k) Aprobar, a propuesta de la Rectora / del Rector, todo lo concerniente a la prestación de servicios de asesoramiento y/o consultoría a terceros, así como la transferencia de los resultados de las actividades de investigación y desarrollo, incluida la percepción de retribuciones e ingresos por licencias, regalías, etc. 

l) Aprobar, a propuesta de la Rectora / del Rector, el Reglamento General de Concursos para la cobertura de cargos de docentes y los llamados a concurso para cubrir vacantes. 

m) Aprobar, a propuesta de la Rectora / del Rector, el Reglamento General para el ingreso, permanencia y promoción de las / los estudiantes de la Universidad, incluido el régimen disciplinario. 

n) Aprobar, a propuesta de la Rectora / del Rector, con arreglo a la legislación nacional vigente, el Régimen Laboral y Salarial del personal de la Universidad, incluido los sistemas de evaluación del desempeño y regímenes de licencias, de promoción y egreso, ético-disciplinario y de juicio académico, así como también, lo atinente a la asistencia social y bienestar de la comunidad universitaria. 

ñ) Aprobar, a propuesta de la Rectora / del Rector, los Reglamentos Generales en materia académica, administrativa y económico-financiera. 

o) Otorgar por iniciativa propia o a propuesta de la Rectora / del Rector, los títulos de Doctor Honoris Causa, Profesor Honorario y demás distinciones que confiera la Universidad. 

p) Revalidar los títulos expedidos y reconocer estudios o asignaturas aprobadas por Universidades nacionales o extranjeras, con arreglo a la legislación vigente y en base a la evaluación de cada caso. 

q) Dar vigencia por ratificación, a los acuerdos y convenios suscritos por las autoridades universitarias. 

r) Aprobar, a pedido de la Rectora / del Rector, la realización de juicio académico al personal docente y constituir el Tribunal Universitario encargado de sustanciarlo. 

s) Aceptar herencias, legados, donaciones y/o todo otro incremento del patrimonio universitario a título gratuito, con o sin cargo. 

t) Resolver los pedidos de licencia solicitados por la Rectora / el Rector, Vicerrectora / Vicerrector y del resto de sus miembros. 

u) Aprobar el Reglamento Electoral para cada uno de los estamentos que componen la comunidad universitaria y dar acuerdo a la propuesta de la Rectora / del Rector para la designación de la Junta Electoral que conduzca los procesos eleccionarios. 

v) Designar, a propuesta de la Rectora / del Rector, a las Directoras Generales / los Directores Generales de los Departamentos Académicos y Coordinadoras / Coordinadores de Carrera. 

w) Reconocer a los Centros de Estudiantes que participen de la comunidad universitaria, cuyas autoridades hayan sido elegidas democráticamente. 

x) Decidir, por mayoría de dos tercios de la totalidad de sus miembros: 

– La convocatoria a la Asamblea Universitaria por las razones de urgencia que estime corresponder.
– La intervención de cualquier órgano de gobierno o académico.
– La enajenación de cualquier bien que integre su patrimonio.
– La creación, fusión o cierre de subsedes.
– El requerimiento de cualquier información en el ejercicio de sus atribuciones de contralor de la gestión universitaria.
– La creación y posteriores modificaciones de su reglamento interno.

Conocé a sus integrantes

La Rectora / El Rector 

La Rectora / el Rector es la autoridad unipersonal superior y representante legal de la Universidad. Es elegida / elegido por la Asamblea Universitaria, por la mayoría absoluta de la totalidad de sus miembros por un período de cuatro (4) años, pudiendo ser reelegida / reelegido por un período consecutivo. Si reelige no puede reelegirse nuevamente Rectora / Rector, sino con el intervalo de un período.  

Conoce más…Estatuto de la UNLC – Art.49 y 54

Son atribuciones y funciones de la Rectora / del Rector

Artículo 51.- Son atribuciones y funciones de la Rectora / del Rector:  a) Ejercer la conducción y representación de la Universidad. 

b) Presidir y convocar a la Asamblea Universitaria y al Consejo Superior a sesiones ordinarias y extraordinarias. 

c) Ejecutar las Resoluciones de la Asamblea Universitaria y del Consejo Superior.  

d) Designar, suspender o remover a las / los titulares de los cargos de la estructura orgánico funcional del Rectorado.

e) Proponer al Consejo Superior: 1. La creación, suspensión o supresión de órganos académicos y carreras de pregrado, grado y posgrado. 2. La estructura orgánico funcional del Rectorado. 3. La designación de las Directoras Generales / los Directores Generales de los Departamentos Académicos. 4. La designación de las Coordinadoras / los Coordinadores de las Carreras. 5. El Plan Estratégico Plurianual. 6. Los Planes de Estudio, denominación y el alcance de los títulos y grados académicos a otorgar por la Universidad. 7. El calendario académico, la oferta educativa y las condiciones de admisibilidad para cada ciclo lectivo y carrera. 8. El Plan Anual de Actividades y el Proyecto de Presupuesto Anual de Gastos y Recursos. 9. La Memoria Anual y la Rendición de la inversión de fondos. 10. Los Reglamentos Generales de organización y funcionamiento de todas las materias y actividades que desarrolla la Universidad, conforme se prevé en este Estatuto. 11. Las propuestas de otorgamiento de títulos de Doctor Honoris Causa, Profesora Honoraria / Profesor Honorario y demás distinciones que confiera la Universidad. 12. El pedido de realización de juicio académico al personal docente.

f) Ejecutar el Presupuesto Anual de Gastos y Recursos de la Universidad, conforme lo dispuesto por este Estatuto y con arreglo a los Reglamentos Generales que apruebe el Consejo Superior en la materia.

g) Autorizar todo lo concerniente a la prestación de servicios de asesoramiento y/o consultoría a terceros, así como la transferencia de los resultados de las actividades de investigación y desarrollo, incluida la percepción de retribuciones e ingresos por licencias, regalías, etc.

h) Firmar los títulos, diplomas, distinciones y honores universitarios.

i) Celebrar todo tipo de convenios, ad referéndum del Consejo Superior, y/o establecer relaciones institucionales con terceras personas en cumplimiento de los objetivos de la Universidad.

j) Efectuar la convocatoria y realizar los concursos para cubrir los cargos docentes y designar a los docentes ordinarios, a recomendación de los Jurados.

k) Efectuar la convocatoria y realizar los concursos para cubrir los cargos no docentes y designarlos, a recomendación de los Jurados. 

l) Designar y/o remover a los docentes interinos o contratados y al personal no docente en la misma condición. 

m) Ejecutar las Resoluciones de los Tribunales Universitarios y ejercer las potestades disciplinarias en primera instancia que los Reglamentos le otorguen.

n) Sustanciar las actuaciones por solicitudes de equivalencias de títulos expedidos y reconocimiento de estudios y asignaturas aprobadas por universidades nacionales o extranjeras, con arreglo a la reglamentación que dicte el Consejo Superior.

ñ) Designar a la Junta Electoral que conduzca el proceso eleccionario, con acuerdo del Consejo Superior y con arreglo al Reglamento Electoral que este apruebe. 

o) Convocar a elecciones para la integración de los distintos cuerpos colegiados previstos por este Estatuto.

p) Requerir informes, avocarse al conocimiento y decisión de asuntos delegados e impartir las instrucciones que estime convenientes a las autoridades administrativas y académicas de la Universidad.

q) Resolver cualquier cuestión de carácter urgente, dando cuenta al Consejo Superior en la próxima sesión, en el caso de que se trate de competencia de éste. 

r) Ejercer toda otra atribución de gestión administrativa o académica que no esté expresamente asignada a otro órgano de gobierno.

Mg. Agustina Rodríguez Saá

Rectora
La Vicerrectora / El Vicerrector 

Una vez electa / electo Rectora / Rector, ésta / éste deberá postular a la candidata / al candidato a Vicerrectora / Vicerrector, quien debe reunir las mismas calidades personales y académicas que las requeridas para ser Rectora / Rector.  Los cargos de Rectora / Rector y Vicerrectora / Vicerrector son de dedicación exclusiva, sin perjuicio de la atención de sus actividades docentes y de investigación.

Conoce más…Estatuto de la UNLC – Art.49 y 54

 

Son atribuciones y funciones de la Vicerrectora / del Vicerrector

Artículo 52.- Son atribuciones y funciones de la Vicerrectora / del Vicerrector: 

a) Ejercer las funciones que en forma permanente le encomiende la Rectora / el Rector. 

b) Ejercer las funciones de la Rectora / del Rector en caso de ausencia, impedimento o vacancia transitoria de éste. 

c) Asistir con voz y voto a las sesiones del Consejo Superior. 

d) Presidir la Junta Electoral.

Mg. Mariela Celeste Gabriel

Vicerrectora
Consejos Departamento Académico

Una de las principales funciones de los consejos de los departamentos académicos es aprobar las propuestas de Planes de Estudio de las Carreras, su reglamento interno, las iniciativas de realización de actividades de extensión.

Integran los Consejos Departamento Académico

Artículo 55.- Integran los Consejos de los Departamentos Académicos: 

a) La Directora General / el Director General del Departamento. 

b) Un / una (1) Consejera / Consejero del estamento docente del Departamento. 

c) Un / una (1) Consejera / Consejero del estamento estudiantil perteneciente al Departamento

Atribuciones de los Consejos Departamento Académico

Artículo 57.- Son atribuciones y funciones de los Consejos de Departamento: 

a) Aprobar, a propuesta de la Directora General / del Director General del Departamento: 

  1. El anteproyecto de Plan Anual de Actividades académicas y de investigación.
  2. Su reglamento interno.

b) Aprobar las propuestas de Planes de Estudio de las Carreras del Departamento, su denominación y alcance de los títulos y grados académicos a otorgar, así como también sus modificaciones curriculares, las que serán remitidas a la Rectora / al Rector para su consideración y elevación al Consejo Superior. 

c) Aprobar las iniciativas de realización de actividades de extensión en el ámbito de su competencia. 

d) Aprobar las propuestas de otorgamiento de los títulos de Doctor Honoris Causa, Profesor Honorario y otras distinciones que confiera la Universidad en las áreas académicas propias del Departamento, y elevarlas al Rectorado para su presentación al Consejo Superior. 

e) Aprobar la Memoria Anual de desenvolvimiento del Departamento. 

f) Aprobar los planes de trabajo anual presentados por los Docentes y sus informes anuales, con arreglo a la Reglamentación General. 

g) Emitir dictamen académico en la tramitación de licencias o franquicias del personal docente del Departamento. 

h) Resolver en primera instancia las cuestiones contenciosas referentes a las obligaciones y derechos de las / los docentes y estudiantes del Departamento, con arreglo a los Reglamentos Generales que apruebe el Consejo Superior. 

i) Apercibir a las / los docentes y estudiantes del Departamento por faltas en el cumplimiento de sus deberes y proponer la aplicación de las sanciones disciplinarias que los Reglamentos Generales prevean, así como la sustanciación de juicios académicos. 

j) Solicitar a la Directora General / al Director General del Departamento la elevación al Rectorado de las cuestiones que estime graves o urgentes. 

k) Asesorar a la Directora General / al Director General del Departamento en las cuestiones en que éste así lo solicite

Conocé a sus integrantes

Lic. María Celeste Sosa Rosales

Directora General Departamento Académico
Arquitectura, las Culturas y Arte

Mg. Nicolás Antonio Echandía

Director General Departamento Académico
Ciencias Ambientales y Producción

Ing. Agr. Emiliano
Ricardo Colazo

Director General Departamento Académico
Ciencias Ambientales y Gestión del Agua

Este sitio se encuentra en actualización permanente. Última actualización 30/10/2025

Organigrama Institucional

Organigrama Institucional

RECTORADO
DEPARTAMENTO ACADÉMICO CIENCIAS AMBIENTALES Y PRODUCCIÓN
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DEPARTAMENTO ACADÉMICO CIENCIAS AMBIENTALES Y GESTIÓN DEL AGUA
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DEPARTAMENTO ACADÉMICO ARQUITECTURA, LAS CULTURAS Y ARTE
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SECRETARÍA GENERAL
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SECRETARÍA EXTENSIÓN
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SECRETARÍA ECONÓMICA
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SECRETARÍA ACADÉMICA
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SECRETARÍA DE INVESTIGACIÓN
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Este sitio se encuentra en actualización permanente. Última actualización 17/07/2026

Personal

La comunidad universitaria de la UNLC está conformada por diferentes “Claustros” entre los que se encuentran los estudiantes, los graduados, el personal docente y el personal No docente (administrativo y de servicio). Estos dos últimos serán detallados por sus categorías y escalafón: 

  • DOCENTES
  • NODOCENTES
DOCENTES

Es el personal que cumple funciones de enseñanza, investigación, extensión y formación en dependencias de nivel universitario.

Categorías: Profesor Titular, Profesor Asociado, Profesor Adjunto, Jefe de Trabajos Prácticos o Profesor Jefe de Trabajos Prácticos, y Ayudante o Profesor Ayudante.

Dedicaciones: Exclusiva (40 horas semanales), Semi-Exclusiva (20 horas semanales), Simple (10 horas semanales).

Consultá los Concursos Docentes que se encuentran abiertos actualmente

CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO

NODOCENTES
Escalafón de Personal No Docente

Refiere al personal que cumple funciones de asistencia y/o apoyo en el sistema universitario.
Este escalafón incluye al personal administrativo, personal técnico profesional y personal de mantenimiento

Consultá los Concursos No Docentes que se encuentran abiertos actualmente

CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO – FATUN

Auditoría

De acuerdo con lo establecido en el Artículo 59 bis de la Ley 24.521 (Ley de Educación Superior) modificada por la Ley 27.204 la Unidad de Auditoría Interna entiende en el Sistema de Control Interno. En cuanto al órgano de Control Externo la función le corresponde a la Auditoría General de la Nación, habiendo la Universidad suscripto con la SIGEN el convenio específico en el contexto del Convenio Marco suscripto entre el CIN y la Sindicatura General de la Nación de fecha 1 de noviembre de 2023.

Convenio Marco CIN – SIGEN

Convenio Específico SIGEN – UNLC

Unidad de Auditoría Interna UNLC

Tiene como misión llevar a cabo exámenes y evaluaciones de acuerdo a la normativa vigente, estableciendo el sistema integral de control basado en criterios de economía, eficiencia y eficacia, y orientado al análisis de la gestión presupuestaria, económica, financiera, patrimonial, legal y técnica, utilizando el enfoque de control integral e integrado.

Conoce más sobre Autoevaluación y Evaluación Externa – ESTATUTO UNLC

 Artículo 96.- A fin de analizar los logros y dificultades en el cumplimiento de las funciones y objetivos específicos de la Universidad, se instrumentarán instancias periódicas de evaluación institucional, internas y externas. 

Artículo 97.- La evaluación interna o autoevaluación, abarcará las funciones de docencia, investigación, extensión, vinculación y transferencia, cooperación y gestión institucional. El Consejo Superior aprobará, a propuesta de la Rectora / del Rector, el Reglamento General de Autoevaluación. Artículo 98.- Las evaluaciones externas se realizarán al menos cada 6 (seis) años, por medio de los organismos de evaluación de la educación superior universitaria pertinentes, con arreglo a la Ley de Educación Superior.

Una de sus funciones es elaborar el Plan Anual de Auditoría Interna de acuerdo con las Normas Generales de Control Interno y de Auditoría Interna,, verificando el cumplimiento de las políticas, planes y procedimientos establecidos por la autoridad superior y evaluando la aplicación de los controles operativos, contable-financieros y de legalidad, realizando las observaciones que surjan de los mismos y elaborando recomendaciones que permitan mejorar los procesos realizando los seguimientos correspondientes.  

 Conoce sobre el Plan Anual de trabajo 2024


AUDITOR INTERNO TITULAR: CPN ALICIA VICTORERO
AUDITOR ADJUNTO: CPN FACUNDO GUANZIROLI


Este sitio se encuentra en actualización permanente. Última actualización 31/3/2025

Presupuesto

La asignación del presupuesto se produce de una manera concertada entre el Consejo Interuniversitario Nacional (CIN), que es el organismo que nuclea al conjunto del sistema universitario público, el Poder Ejecutivo (a través de la SPU) y el Congreso nacional.

La principal fuente de financiamiento de las universidades proviene del Tesoro Nacional (fuente 11). Esa es la asignación que realiza el Estado a partir de la sanción del presupuesto realizada por el Congreso de la Nación. Otro mecanismo de financiamiento lo constituyen los recursos propios (fuente 12) que provienen de la venta de bienes y servicios que realizan las universidades.

Año 2025

De acuerdo a lo previsto en artículo 27 de la ley 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público, al no haber sido aprobada la ley de Presupuesto para el ejercicio 2025, siendo sus Recursos y Créditos Presupuestarios vigentes correspondientes a la prórroga de la Ley N° 27.701 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2023, en los términos del Decreto N° 88/23, en virtud del Decreto N° 1131/24 y con las adecuaciones institucionales del Poder Ejecutivo Nacional .

Consulta el Presupuesto de la Universidad Nacional de los Comechingones –  2025:
RESOLUCIÓN CS N° 039/2024

RENDICION DE LOS PROGRAMAS ESPECIALES

El Sistema de Transferencia de Recursos Educativos (SITRARED) es una herramienta clave para la gestión y rendición de gastos en programas especiales. Desarrollado y administrado por el gobierno nacional, este sistema permite un seguimiento eficiente y organizado de la ejecución de los fondos transferidos a las universidades nacionales.

Su implementación no solo optimiza la transparencia en la asignación y uso de los recursos, sino que también garantiza la legitimidad de los gastos mediante la presentación de la documentación requerida. De este modo, SITRARED contribuye a fortalecer la gestión financiera de los programas académicos, de investigación y de extensión, asegurando un control riguroso y alineado con los principios de responsabilidad fiscal.

En este marco, la Universidad Nacional de los Comechingones (UNLC) ha rendido ante el gobierno nacional más del 77% de los programas recibidos, mientras que el 23% restante se encuentra en estado de ejecución. Esto refleja el compromiso institucional con la Transparencia y la correcta administración de los recursos.

Año 2024

De acuerdo a lo previsto en artículo 27 de la ley 24156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público, al no haber sido aprobada la ley de Presupuesto para el ejercicio 2024 por el Honorable Congreso de la Nación, el Poder Ejecutivo Nacional, mediante el decreto 88/2023, dispuso la prórroga del vigente para el ejercicio fiscal 2023, siendo sus créditos y recursos, que a la fecha se están ejecutando, los distribuidos por la Decisión Administrativa 5/2024

Consulta el Presupuesto de la Universidad Nacional de los Comechingones –  2024:
RESOLUCION CS N° 036-2023

Podes consultar el portal público de presupuesto Abierto y Ciudadano para visualizar, interactuar o descargar datos:

Presupuesto de la Administración Publica Nacional

Presupuesto abierto

Presupuesto Ciudadano

Transferencias

El Programa de Becas de la UNIVERSIDAD NACIONAL DE LOS COMECHINGONES tiene como objeto la generación de estrategias de inclusión educativa que respondan a las prioridades regionales a través de la promoción y equiparación de oportunidades en el acceso, la permanencia y el egreso de los y las estudiantes de la región de influencia de la UNIVERSIDAD NACIONAL DE LOS COMECHINGONES, garantizando el derecho a los estudios universitarios y la mejora en el rendimiento académico.

Los tipos de becas son:

a) BECA GENERAL
Asignación mensual variable para estudiantes sin recursos económicos.

b) BECA ESPECÍFICA
Asignaciones para cubrir necesidades específicas como la movilidad, manutención, material bibliográfico y alojamiento.

c) BECA EXTRAORDINARIA
Asignación variable para circunstancias especiales o de emergencia.

Conoce más sobre Becas – UNLC.

Accede al Reglamento de becas estudiantiles de la UNLC

  • BECA GENERAL
  • BECA ESPECIFICA DE MATERIAL BIBLIOGRÁFICO PARA LA LIC. EN ARTES VISUALES
Becas de Estímulo a las Vocaciones Científicas – CONVOCATORIA 2024: 

Las Becas EVC-CIN están destinadas a estudiantes universitarios/as de grado que deseen iniciar su formación en investigación, en el marco de Proyectos de Investigación acreditados que cuenten con financiamiento y se desarrollen en el ámbito de las Instituciones Universitarias Públicas (IUP), en las áreas de: Ingenierías y Tecnologías, Ciencias Agrícolas, Ciencias Médicas y de la Salud, Ciencias Naturales y Exactas, Ciencias Sociales y Humanidades. 

Becas internas UNLC 2024

Las Becas de Apoyo Económico son una estrategia de acompañamiento a las trayectorias estudiantiles, que busca generar igualdad de oportunidades en el acceso y la permanencia a la Universidad. 

Conoce más de la convocatoria para proyectos para la MAAC

 

Becas Manuel Belgrano – Convocatoria 2024

El Programa de Becas Estratégicas Manuel Belgrano promueve el ingreso, la continuidad y la graduación de estudiantes en disciplinas centrales para el desarrollo económico y social. Impulsar la vinculación estratégica entre las universidades públicas, el sistema tecnológico-productivo nacional y el mercado laboral.

Los estudiantes de la UNLC pudieron postularse a dichas becas, por tener en la universidad carreras que se consideran estratégicas, que pertenecen a las áreas de Alimentos, Ambiente, Computación e Informática, Energía convencional y alternativa, Gas y Petróleo, Logística y Transporte, Minería y Ciencias básicas. La línea Filosofía se amplía a Filosofía y Educación.

Programa de Beca Manuel Belgrano – Carreras estratégicas de la UNLC 

Becas Manuel Belgrano – Convocatoria 2024

 

Becas UNLC para Proyectos de Vinculación Territorial

Se trata de dos líneas, una vinculada a la extensión universitaria, que contempla proyectos nuevos y proyectos que ya están en marcha, y la otra a la investigación, que admite proyectos nuevos de docentes que ya hayan sido parte de equipos de investigación dentro de la universidad. Pueden participar docentes, no docentes y estudiantes de la universidad.

Convocatoria de proyectos de Vinculación Tecnológica y Social 

Convocatoria MAAC 2024 

Compras y Contrataciones

 Las compras y contrataciones públicas constituyen un papel fundamental y son un factor clave en el cumplimiento de las misiones de las instituciones estatales. Dado el impacto significativo y la gran incidencia que las compras públicas tienen en el gasto del Estado, resulta crucial garantizar procedimientos transparentes que promuevan la eficiencia y la equidad.

En este contexto, la Universidad Nacional de los Comechingones, cuenta con un Reglamento de Compras y Contrataciones aprobado mediante la Ordenanza del Consejo Superior (OCS N° 009/2024), en concordancia con lo establecido en el Decreto Nacional 1023/2001. Este marco normativo asegura que todas las adquisiciones se lleven a cabo con transparencia, respetando principios fundamentales como la libre competencia y la igualdad de oportunidades.

A través de estos mecanismos, la UNLC reafirma su compromiso con una gestión eficiente, equitativa y responsable de los recursos públicos, promoviendo un modelo de administración basado en la transparencia y en el respeto de los principios normativos vigentes.

 Aquí podrás consultar los procesos de compras y contrataciones del año 2025:

Compras y Contrataciones Año 2025

TIPO DE PROCEDIMIENTO


P
ROCEDIMIENTO

OBJETO DE LA COMPRA

INICIO (Fecha Apertura)


ESTADO

Trámite Simplificado

Adquisición de accesorios para redes.

14/02/2025

FINALIZADO

Trámite Simplificado

Adquisición de accesorios para redes.

28/02/2025

VIGENTE

Trámite Simplificado

Servicio de Impresión de Certificados

07/03/2025

VIGENTE

Trámite Simplificado

Service, alineación y balanceo del minibús de la Universidad.

10/03/2025

VIGENTE

Trámite Simplificado

Servicio de Limpieza

10/03/2025

VIGENTE

Compulsa.Abreviada

Adquisición de artículos de limpieza.

10/03/2025

VIGENTE

Compulsa.Abreviada

Adquisición de Materiales Deportivos.

20/03/2025

VIGENTE

UNLC publica las compras de bienes y servicios que realiza en su sitio web. Consultá mediante el link:

                  COMPRAS Y CONTRATACIONES UNLC


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Gestión de la Información

La UNLC está en proceso de implementar el ecosistema de soluciones desarrollado por el Sistema De Información Universitaria (SIU) para la gestión de  su información. El SIU, dependiente del Consejo Interuniversitario Nacional (CIN) son sistemas informáticos utilizados en la gestión de distintas áreas de instituciones del sistema universitario nacional y otros órganos del gobierno.

La UNLC actualmente utiliza los siguientes sistemas de información: 

Expediente Electrónico Integrado

  • Sistema Único Documental (SUDOCU): Este Sistema de gestión documental integral permite la creación de documentos, expedientes y tramites electrónicos  de los procedimientos administrativos de las universidades. La UNLC se encuentra trabajando para su completa implementación, en todas las áreas.
    El SUDOCU se integra con SIU – HuarpeSIU-Araí como repositorio centralizado de documentos para la administración y proveedor de soluciones de firma electrónica.
  • Sistema SIU-Guaraní: Es un sistema para registrar las actividades académicas de la UNLC. Esta herramienta, es flexible y se adapta a la realidad de la universidad y los usuarios pueden navegarlo en cualquier momento y lugar a través de cualquier dispositivo con conexión a internet.
  • Sistema SIU-Mapuche: Es un sistema de Gestión de Recursos Humanos, en él se dispone de los legajos de los empleados, el cual constituye una base única y actualizada. Provee de la liquidación de haberes ajustada a los cambios en la legislación laboral vigente o modificaciones en disposiciones aprobadas.
  • Sistema SIU-Pilagá: Este sistema permite tener una gestión integrada de todos los procesos administrativos de la UNLC, como la gestión del presupuesto y la ejecución del gasto, de recaudación y contable. Brinda seguridad a través de los controles de validación y de los controles de gestión de los fondos, otorgando así transparencia, seguridad y auditabilidad para la toma de decisiones.
  • Sistema SIU-Diaguita: Este sistema permite gestionar los procesos de compras y contrataciones, y administrar el patrimonio, en la UNLC solo se ha implementado el módulo de patrimonio y se está trabajando en la implementación del modulo compras.
  • Koha: es un sistema integrado de Gestión de Bibliotecas, que utiliza la UNLC y que permite a la comunidad educativa consultar y obtener material bibliográfico.
  • Campus virtual de la UNLC: esta implementado con Moodle, es un sistema de enseñanza online libre, flexible y personalizable que permite crear y gestionar espacios de aprendizaje virtual.
  • UNLC-PCatedra: Programas de espacios curriculares: es un sistema interno de gestión de los programas y proyectos de catedra de los espacios curriculares.
Normativa

La normativa institucional es aprobada por el Consejo Superior, excepto los casos en que el Estatuto Universitario lo establezca de otra manera.

Accedé a toda la normativa:               NORMATIVA UNLC

Declaraciones Juradas

La UNIVERSIDAD NACIONAL DE LOS COMECHINGONES en cumplimiento con el Art. 5° inciso l) y m) de la Ley de Ética Pública N° 25.188,  presenta todos los años las declaraciones juradas del 100% de los funcionarios de la UNLC.

La Oficina Anticorrupción (AO) es responsable de la guarda de los sobres que contienen las Declaraciones Juradas de carácter público y reservado de los funcionarios de más alta jerarquía del Gobierno Nacional. Por el carácter público de ellas, vos podés hacer uso de esta herramienta de control y podés consultar las declaraciones juradas de las Autoridades de la UNLC en el:

 sitio de la Oficina Anticorrupción (OA) completando un formulario en línea. 

Participación Ciudadana

Durante el año 2020, la Universidad Nacional de los Comechingones (UNLC) trabajó intensamente para la puesta en marcha del Consejo Asesor Comunitario, llevándose a cabo diferentes reuniones, encabezadas por la Rectora Magister Agustina Rodríguez Saá, con entidades representativas en la provincia y región que participan en actividades que articulan a la Universidad con su comunidad.

La conformación del Consejo Asesor Comunitario está dispuesta por el Estatuto de la UNLC y su finalidad es reconocer las necesidades específicas de la región y promover la realización de actividades académicas, de investigación, de cooperación y de extensión universitaria o transferencia tecnológica, en acuerdo con entidades públicas o privadas de la comunidad.

Conoce más sobre las Atribuciones del Consejo Asesor Comunitario – ESTATUTO UNLC

De acuerdo al Artículo 68 del ESTATUTO UNLC, El Consejo Asesor Comunitario tiene por finalidad: 

 Conoce más sobre la Integración del Consejo Asesor Comunitario – ESTATUTO UNLC

El Consejo Asesor Comunitario estará integrado por las entidades de la región de pertenencia de la Universidad y que fueran reconocidas por la misma, con arreglo a la reglamentación que a tal efecto dicte el Consejo Superior a propuesta de la Rectora / del Rector. 

El ejercicio de la representación en el Consejo Asesor Comunitario es ad honorem.

Conoce más sobre Vinculación Tecnológica y social – UNLC

Servicios y/o Trámites

Aquí podés acceder al listado de servicios brindados a los y las estudiantes y tutoriales de los trámites más usuales

Entre ellos encontras: 

  1. CARRERAS >> ¿Cómo me inscribo a una carrera?
  2.  FORMULARIOS PARA TRAMITES
  3. CALENDARIO ACADEMICO
  4. AUTOGESTION GUARANÍ
  5. CAMPUS VIRTUAL
  6. CONTACTO: Teléfono: (02656) 474-612 y contacto@unlc.edu.ar

SERVICIOS PARA ACOMPAÑAR A LAS TRAYECTORIAS ESTUDIANTILES Y LA VIDA UNIVERSITARIA

  1. PLAN DE TUTORIAS
  2. BIBLIOTECA
  3. BECAS
  4. AYUDANTIAS ESTUDIANTILES
  5. GUIA DE ALOJAMIENTO
  6. BIENESTAR
  7. ESCUELA DE EDUCACION PROFESIONAL : La UNLC ofrece cursos y talleres abiertos a la comunidad. Estas capacitaciones brindarán herramientas prácticas y teóricas propiciando el empoderamiento del conocimiento, la innovación y el compromiso con la formación en técnicas y procesos orientados al desarrollo social y cultural siendo posibilidad de proyecto de vida y oportunidad creadora de fuente de ingresos para sus graduados.
  8. PAUTAS DE CONVIVENCIA DE LA UNLC
  9. COMEDOR: La UNLC cuenta con un comedor con sede en el campus y ofrece una amplia variedad de menús económicos, permitiendo a los y las estudiantes comer todos los días de la semana a precios especiales. Cuenta con cafetería, desayuno, menú saludable, para celíacos, vegetarianos y veganos.